Para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición.
Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de 6 años por motivos de conciliación.
Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual.
Por arrendamiento de vivienda habitual en Illes Balears a favor de determinados colectivos.
Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales.
Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o a la innovación.
Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural.
Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo.
Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana.
Por donaciones a entidades del tercer sector.
Por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Por gastos de adquisición de libros de texto.
Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros.
Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual.
Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador)
Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.